ARTÍCULO 5

Artículo 5.
 

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Comentarios

  1. Todo acto por el cual se inflijan intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales , con el fin de obtener de ella o de un tercero información, de castigarle por un acto que haya cometido, o por cualquier razón basada en la discriminación.

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