ARTÍCULO 11

Artículo 11.
 

Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.


Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Comentarios

  1. Es decir que nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos. tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento del delito. Las personas acusadas de un delito son inocentes hasta no se demuestre su culpabilidad.

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